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El TRIBUNAL SUPREMO Y LA PRESCRIPCIÓN DE LA RECLAMACIÓN DE GASTOS HIPOTECARIOS

El Tribunal Supremo ha establecido que el plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios indebidamente abonados por un consumidor, debido a una cláusula abusiva en el contrato, comenzará a contar desde el momento en que haya una sentencia firme que así lo declare. Desde entonces, los usuarios disponen de cinco años para presentar su reclamación ante el Juzgado competente.

SENTENCIA NÚM. 857/2024 DEL TRIBUNAL SUPREMO: Un Paso Clave para los Consumidores

En la sentencia 857/2024, emitida el 14 de junio, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo adopta el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Además, reconoce una excepción: los casos en los que la entidad prestamista pueda demostrar que el consumidor conocía la abusividad de la cláusula en una fecha anterior.

RECLAMACIÓN GASTOS HIPOTECARIOS DE HIPOTECAS ANTIGUAS

Con esta nueva sentencia, el Supremo permite reclamar los gastos de hipotecas más antiguas, independientemente de si se han terminado de pagar o no, siempre y cuando hayan pasado menos de cinco años desde que un juez declare la cláusula abusiva.

IMPLEMENTACIÓN DEL FALLO DEL THUE POR PARTE DEL TRIBUNAL SUPREMO

El Pleno de la Sala de lo Civil aplica así el fallo del TJUE dictado en abril pasado, el cual fue solicitado expresamente por el Tribunal Supremo. Esta decisión abre nuevas oportunidades para los consumidores afectados por cláusulas hipotecarias abusivas.

¿CÓMO AFECTA ESTA DECISIÓN A LOS CONSUMIDORES?

Esta sentencia es crucial para los consumidores que han pagado gastos hipotecarios indebidos, ya que define claramente el inicio del plazo de prescripción y establece las condiciones bajo las cuales pueden realizar sus reclamaciones.

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