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Esta semana, la Comisión Europea presentará su tan esperada Directiva sobre la mejora de las condiciones de los trabajadores y trabajadoras de empresas de plataforma digitales.

La Comisión Europea anunciará este jueves que está a favor de una presunción de salario para los trabajadores en plataformas digitales. Una gran victoria para los empleados, obligados a recurrir a la condición de autoempresario.

Es una victoria homérica. Casi 10 años después de la llegada de Uber a España, mientras los repartidores de las plataformas de reparto de comidas pueblan las calles de las áreas metropolitanas, los trabajadores llevan la victoria.

Según nuestra información, la Comisión Europea anunciará este jueves un big bang en la legislación europea. La Directiva apoyada por la Comisión invertirá la carga de la prueba para los empleados de la plataforma, al establecer una presunción refutable de empleo asalariado.

La Comisión Europea debe establecer una presunción de laboralidad que establezca el estatuto del trabajador como punto de partida. La carga de la prueba debe transferirse del trabajador a la plataforma. Esto significa que los trabajadores de las empresas de plataforma digitales son en principio empleados, a menos que las plataformas digitales puedan demostrar que son trabajadores por cuenta propia.

Esto supondría un cambio con respecto a la situación actual, en la que existe una presunción de trabajo por cuenta propia por la que los trabajadores de plataformas digitales están deliberadamente clasificados de forma errónea como trabajadores por cuenta propia y tienen que demostrar que existe una relación laboral.

Una presunción de laboralidad no significa que todos los trabajadores serán considerados como trabajadores por cuenta ajena. El modelo de negocio de las empresas de plataforma que operan con verdaderos autónomos no se verá afectado, siempre y cuando puedan demostrar que no existe una relación de dependencia.

La UE estima el número de trabajadores de plataformas en 28 millones de personas y se calcula que serán 43 millones en 2025.

Según nuestra información, la Comisión Europea propone una lista de cinco requisitos para determinar si el trabajador debe ser considerado empleado o no.

Para ser considerado empleado, debe tener al menos dos criterios de los cinco indicados. Entre estos criterios encontramos: 

  • el vínculo de subordinación con la plataforma,
  • la imposibilidad de fijar precios libremente o
  • la ausencia de la posibilidad de construir una cartera de clientes.

Esta presunción de empleo asalariado será fundamental para los trabajadores de las plataformas de delivery (como Uber, Glovo o Bolt) o de asistencia en carretera (RACE o RACC) porque, de este modo, se beneficiarán directamente de la protección social, el salario mínimo en muchos países de la UE o incluso las vacaciones pagadas y el tiempo de trabajo garantizados por día y semana.