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El Tribunal Supremo declara que los ciudadanos no están obligados a aportar documentos si ya obran en poder de la Administración

El Tribunal Supremo ha declarado que los ciudadanos no tienen la obligación de aportar a la Administración documentos que ya obran en su poder o han sido elaborados por ella.

El caso en cuestión versa sobre la petición de un ciudadano extranjero de renovar su permiso de residencia y trabajo, el cual fue denegado por no acreditar lo solicitado por la Administración de Extranjería: que demostrara que estaba la corriente de pago de la Seguridad Social.

Se da la circunstancia de que el reclamante había entregado un documento que acreditaba este extremo y que tenía una fecha algo anterior (en concreto, con fecha de dos meses antes a la petición), y que acreditaba el visto bueno de la Tesorería de la Seguridad Social con una vigencia de doce meses.

Este papel no le sirvió de nada y, tras requerirse al ciudadano para que aportara nuevo certificado en un plazo de diez días, su petición se tuvo por desistida.

La resolución fija jurisprudencia sobre el alcance del deber de colaboración entre las administraciones públicas y el denominado “principio de buena administración”.

Lo hace recordando la vigencia de un artículo de la ley de procedimiento de 2015, concretamente el 28.2, que señala que «salvo oposición expresa del interesado, no puede ser requerido a la aportación de documentos en los que funda la solicitud, cuando éstos obran ya en poder de las Administraciones o han sido elaborados por ellas«.

En efecto, la sentencia del Supremo recuerda que son los gestores públicos quienes deben reclamar la documentación necesaria a la correspondiente administración por vía telemática.

La sentencia incide en que la Administración Pública «debe servir con objetividad los intereses generales y actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho«.

La resolución del Supremo es relevante para todos los ciudadanos, no solo para los extranjeros que solicitan permisos de residencia, que se vean perjudicados ante cualquier trámite ante la Administración.

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