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Tras varios años en silencio, la Comisión Europea ha decidido finalmente iniciar la regulación del mundo de los criptoactivos, definiendo con ello las bases de crecimiento del sector para los próximos años.

Desde la irrupción de los criptoactivos en el mundo de las finanzas y la creciente preocupación de las autoridades europeas en torno a la inversión en monedas digitales, las principales instituciones financieras de todo el mundo han alertado sobre el peligro de estos activos.

Ahora, sin embargo, dan un paso adelante con la publicación del borrador del primer reglamento (“MiCA”, Markets in Crypto Assets por sus siglas en inglés) sobre cómo deberá ser el mercado europeo de los activos criptográficos en el futuro.

La Comisión Europea define los criptoactivos sujetos a la regulación, y establece unas condiciones mínimas de transparencia y solvencia a todos los llamados proveedores de servicios de criptoactivos.

Según MiCA, serán las autoridades nacionales (la CNMV en el caso español) las encargadas de supervisar y autorizar a las entidades que quieran participar en este mercado, ya sean como proveedores de servicios o como emisores de activos.

De la misma manera, se establecen unos requisitos mínimos para la emisión de estos activos, siendo mayores los requisitos para los llamados token de dinero electrónico, criptoactivos usados como medio de intercambio y que están denominados en unidades de una moneda nacional.

Actualmente el MiCA aún es borrador, por lo que aún no es definitivo y está sujeto a revisión. 

En España, este marco el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, introdujo un nuevo artículo 240 bis en el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores (TRLMV), para reforzar el marco legal de protección de los ciudadanos e inversores en lo relativo a la publicidad de nuevos instrumentos y activos financieros en el ámbito digital.

Fruto de ello, se aprobó laCircular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión. 

Como os explicamos en nuestro anterior post, esta Circular de la CNMV supone una iniciativa pionera, tanto en España como a nivel europeo, ya que hasta el momento no existe un texto similar en ninguno de los mercados de nuestro entorno.