LEY MOROSIDAD SECTOR TRANSPORTE
Como ya es sabido por muchos de los profesionales del sector de transporte, el 1 de octubre de 2021, se aprobó la reforma de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) por la cual se estableció, por primera vez en España, un régimen sancionador por el incumplimiento del plazo máximo de pago del precio de transporte.
La mencionada reforma se llevó a cabo a través de la Ley 13/2021, de 1 de octubre, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de infracciones relativas al arrendamiento de vehículos con conductor y para luchar contra la morosidad en el transporte de mercancías por carretera, así como otras normas para mejorar la gestión en el ámbito del transporte y las infraestructuras.
Como indica su nombre, con la publicación de esta ley se modifica la LOTT para incluir en ella infracciones graves y muy graves por el incumplimiento del límite máximo legal de pago de 60 días.
Así las cosas, con la mencionada reforma el Ministerio de Transportes sanciona de oficio a los cargadores e intermediarios que paguen a sus transportistas a más de 60 días.
Lo anterior, se regula en los arts. 140.40 y 141.26 de la LOTT.
El art. 140 que regula las infracciones muy graves establece:
“40. El incumplimiento del límite máximo legal de pago no dispositivo previsto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en el pago del precio del transporte en los contratos de transporte de mercancías por carretera, cuando el obligado al pago no sea un consumidor y el precio del transporte sea superior a 3.000 euros.”
Por otro lado, el art. 141 establece como infracción grave:
“26. El incumplimiento del límite máximo legal de pago no dispositivo previsto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en el pago del precio del transporte en los contratos de transporte de mercancías por carretera, cuando el obligado al pago no sea un consumidor y el precio del transporte sea igual o inferior a 3.000 euros.”
SANCIONES PREVISTAS EN EL REGIMEN SANCIONADOR DEL SECTOR DEL TRANSPORTE
Las sanciones para estas infracciones varían según el precio del transporte. Se han incluido en el artículo 143.1 de la LOTT y quedan de la siguiente manera:
- Multa de 401 a 600 euros: cuando el precio del transporte sea inferior a 1.000 euros.
- Multa de 601 a 800 euros: cuando el precio del transportes esté comprendido entre 1.000 y 1.500 euros
- Multa de 801 a 1.000 euros: cuando el precio del transporte esté comprendido entre 1.501 y 3.000 euros.
- Multa de 1.001 a 2.000 euros: cuando el precio del transporte esté comprendido entre 3.001 a 4.000 euros.
- Multa de 2.001 a 4.000 euros: cuando el precio del transporte esté comprendido entre 4.001 y 6.000 euros.
- Multa de 4.001 a 6.000 euros: cuando el precio del transporte sea superior a 6.000 euros.
Aparte de estas sanciones, se ha creado una sanción del artículo 143.1 LOTT que multa la reiteración que queda de la forma siguiente:
- Se sancionarán con multa de 001 a 18.000 euros las infracciones reseñadas en el apartado i) y con multa de 2.001 a 6.000 euros las infracciones reseñadas en el artículo 140.39, cuando su responsable ya hubiera sido sancionado, mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa, por la comisión de cualquier otra infracción muy grave de las previstas en esta Ley en los 12 meses anteriores, pudiendo ascender a 30.000 euros el importe de la multa cuando se trate de infracciones contenidas en el apartado 40 del artículo 140 y se considere que la conducta afecta a la capacidad y a la solvencia económica del acreedor o se haya superado en más de 120 días el plazo máximo legal de pago previsto en dicho precepto.
Con la publicación de estas modificaciones de la Ley Orgánica del Transporte Terrestre, y más en especial con la introducción del baremo sancionador, se espera poder reducir este problema específico de este sector, de cara a sanearlo y garantizar su salud en el futuro.